El TSJC declara nulo el cierre del ocio nocturno impuesto en agosto de 2020
El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha declarado nula la resolución de la Consejería de Sanidad del 15 de agosto de 2020 por la que se decretó el cierre de discotecas y salas de fiestas, bares especiales, pubs y whiskerías como medida frente al Covid-19. Así lo ha anunciado este miércoles, tras conocer la sentencia del TSJC, la Asociación Empresarial de Hostelería de Cantabria (AEHC), que recurrió entonces junto al sector del ocio nocturno el cierre de estos establecimientos y las limitaciones de apertura, pidiendo que se permitiera un horario acorde a la licencia de cada negocio.
Como explica la AEHC, los fundamentos de la nueva decisión judicial que declara la nulidad de esta medida parten de una reciente sentencia del Pleno del Tribunal Constitucional que establece la protección del derecho a la libre empresa, a la que «se constriñe sustancialmente con las medidas adoptadas» frente al Covid, además de que sostiene que el régimen de delegación de atribuciones para dictar normas restrictivas de este derecho «no alcanza a las facultades o competencias de un consejero de una comunidad autónoma».
Así, según los hosteleros serían nulas»todas las resoluciones dictadas por órgano incompetente», que se adoptaron «en base a una delegación de facultades contraria a la ley». Para el presidente de la AEHC, Ángel Cuevas, esta sentencia es «una muy buena noticia y de gran importancia, ya que todas las resoluciones firmadas por el consejero de Sanidad serían nulas». Además, es la primera resolución que el sector recibe en firme y que entiende que «sentará jurisprudencia» para el resto de procedimientos que sigue teniendo abiertos y que, a su juicio, «también caerán a nuestro favor».
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